Cumplimiento Legal

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Todas las entidades están obligadas a cumplir la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, LOPD, cuyo objeto es garantizar y proteger las libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas físicas, en particular el derecho al honor e intimidad personal y familiar. Esta Ley es aplicable a personas físicas, jurídicas o privadas que en el desarrollo de su labor profesional traten los datos de carácter personal, implicando una serie de obligaciones.

Aunque la LOPD afecte exclusivamente a la protección de los Datos, las medidas aplicables pueden extenderse al conjunto de Información de la empresa, asegurando lo que hoy en día es uno de los activos mas importantes de la empresa.

La Administración Pública, a mayores de la Ley de Protección de Datos, también se ve obligada al cumplimiento del Esquema Nacional de Seguridad, ENS, que propone unos principios básicos y requisitos mínimos los cuales se alcanzarán aplicando a los Sistemas de Información un conjunto de Medidas de Seguridad.

El ámbito de aplicación del Esquema Nacional de Seguridad es el establecido en el artículo 2 de la Ley 11/2007:

 

  • A la Administración de las Comunidades Autónomas y las Entidades que integran la Administración Local, así como las entidades de derecho público vinculadas o dependientes de las mismas.
  • A los ciudadanos en sus relaciones con las Administraciones Públicas y relaciones entre las distintas Administraciones Públicas.